sábado, 24 de octubre de 2015

LAS SANCIONES DE INFERIORES

 TORNEO OFICIAL 

La Liga Departamental de Fútbol dio a conocer mediante el boletín oficial 818 los expulsados e informados en las divisiones inferiores en la fecha disputada el pasado sábado con encuentros correspondientes a la décima fecha de la segunda rueda del Oficial 2015. Los siete jugadores expulsados se dieron en el encuentro de quinta división jugado entre Quilmes y Libertad.

Expediente 3791/15 CAQ/CAL: Encuentro de Quinta División, disputado el 17/10/2015, entre Quilmes Vs. Libertad, por la 11ma fecha de la 2da Rueda del Campeonato Oficial 2015.

a) Cogorno, Exequiel A. (42.071.060)(Nº 2)(Quilmes).
Resolución: Se le aplican DOS partidos de suspensión Arts. 186, 48 inc. a) 1º, 32 y 33 del R.T.P.

b) Chaves, Lucas D. (41.907.382)(Nº 3)(Capitán)(Quilmes).
Resolución: Se lo exime de penas Arts. 32 y 33 del R.T.P.

c) Cogorno, Nahuel F. (42.071.061)(Nº 5)(Quilmes).
Resolución: Se le aplica UN partido de suspensión Arts. 186, 32 y 33 del R.T.P.

d) Riquelme, Mauro I. (42.212.367)(Nº 7)(Quilmes).
Resolución: Se le aplica UN partido de suspensión Arts. 186, 32 y 33 del R.T.P.

e) Báez, Micael A. (41.907.356)(Nº 8)(Quilmes).
Resolución: Se le aplica UN partido de suspensión Arts. 203, 32 y 33 del R.T.P.

f) González, Nahuel A. (42.212.314)(Nº 13)(Quilmes).-
Resolución: Se le aplican SEIS partidos de suspensión Arts. 184, 220, 48 inc. a) 1º, 32 y 33 del R.T.P.

g) Bello, Nelson (41.907.425)(Nº 14)(Quilmes).
Resolución: Se le aplica UN partido de suspensión Arts. 186, 32 y 33 del R.T.P.

h) Perotti, Lucas D. N. (41.907.408)(Nº 11)(Libertad).
Resolución: Se le aplica UN partido de suspensión Arts. 203, 32 y 33 del R.T.P.

Expediente 3794/15 SL/EP: Encuentro de Sexta División, que debía disputarse el 17/10/2015, entre San Lorenzo Vs. El Progreso, por la 11va Fecha 2da Rueda del Campeonato Oficial 2015.

Asunto: No presentación del Club El Progreso.

Resolución: Se emplaza al Club El Progreso, para que el plazo perentorio de Cinco (05) días corridos a contar desde la hora cero del día siguiente al de la publicación de la presente resolución, a formular la defensa que estime corresponder, bajo apercibimiento de juzgárselo en rebeldía y teniéndose por decaído su derecho a defensa si el imputado deja vencer este plazo y no presenta el referido descargo.

FUENTE:
GUALEGUAY DEPORTES
LIGA DEPARTAMENTAL DE FÚTBOL

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